domingo, noviembre 30, 2008
a méxico se le perdió una isla
jueves, noviembre 27, 2008
vámonos a china
Ir a China como artista es algo que ahora tod@s ponen en su lista de HAY QUE...
Sue Williams está ahora mismo exponiendo ahí. Iwan Bala lo hará en marzo, Owen y Fern también se van pronto. Los nexos China-Cymru se ven sanos!
Pero también la pareja artística austriaca K.U.SCH tienen esa suerte. Mostrar tu obra y además conocer ese otro mundo que es China.
Yo también quiero ir!!!
your documents please en budapest
y al parecer esta expo se va a mostrar en Guadalajara, según esta nota de prensa húngara:
martes, noviembre 25, 2008
la recoleción de hoy
hoy era un buen día para salir a ala calle a recoger besos, Besos para el muro/contramuro, para el amor y el repseto. Acto simple, simbólico por la tolerancia y el cariño, el juego y la colaboración. Patrocinó la Secretaría de la Mujer.
casi 30 personas por hora detuvieron su paso para regalar un montón de besos, unas palabras, su huella, su nombre. Hombres y mujeres, niñas con sus madres. Besos que marcan una diferencia. Por la no violencia.
domingo, noviembre 23, 2008
jj flash
Concert for Bangladesh Madison Square Garden
George Harrison y sus cuates:
Leon Russell haciendo Jumpin' Jack Flash y Young Blood Medley
right on!!!!!!!
sábado, noviembre 22, 2008
se busca corazón
Aunque ahora es otra muy distinta administración, la casa es nuestra, así que participo. Estará toda la semana, así que si pasan por ahí, cosa no difícil, ya que está frente a la casa de la cultura, dende una vuelta a ver si lo encuentran....se busca corazón.
miércoles, noviembre 19, 2008
les presento a francesca roncagliolo
la peruana Francesca Roncagliolo vive en Madrid y desde ahí trabaja desde varios ángulos el arte. Su trabajo digital es muy interesante (Searching in the box, por ejemplo, o How to explain digital painting), el diseño, el video, la foto (Fábulas), la pintura (me gusta la serie de Camino Inverso) y el trabajo blogístico : fra-digitalia y ahora su nuevo proyecto Híbrido, que pretende hacer como proyecto artístico.Dice ella:
Un blog como proyecto de arte, que no es lo mismo que un blog sobre arte o para mostrar tu arte. Hibrido es un proyecto de cruce entre la pintura (óleo) y el blog-art. Es un espacio de reflexion y de exposicion a la vez. Es una reivindicación de la autoexposicion, es una muestra de arte que se puede ver en pijama a las 3.00am. Es un espacio personal y publico al mismo tiempo. Es una manera de hacer, ver y entender mi propio trabajo y ponérmelo en perspectiva.
un abrazo a Madrid/Perú !!
lunes, noviembre 17, 2008
les presento la habitación 404
Habitación 404, Distrito Federal. es un proyecto de investigación, producción y experimentación artística vinculada a la promoción y difusión cultural de la música y del arte sonoro mexicano. Realizado en video en Formato Documental.
México, Habitación 404, es una ventana que nos presenta un instante en la escena sonora contemporánea nacional, que nos muestra el sentir e imaginar colectivo de la nación a través de la interpretación musical de improvisaciones, covers y canciones originales en versiones especiales, así como el arte sonoro en sus distintas disciplinas.
México, Habitación 404 es un proyecto documental de cápsulas y programas musicales con salida en diferentes formatos para internet y televisión.
Habitación 404, Distrito Federal consiste en la documentación audiovisual de la convivencia en la habitación 404 en el Hotel Virreyes localizado en el centro histórico de la Ciudad de México a donde se invitan artistas sonoros y músicos de distintos géneros, culturas y nacionalidades que, en una circunstancia intima y casual, improvisan y presentan su obra o música, retratando un fragmento del ámbito local e internacional de la escena musical y del arte sonoro de ésta urbe.
En Habitación 404, Distrito Federal, la magia de la imagen inspirada en el formato documental y la captura del instante privilegiado del aquí y el ahora en la ejecución musical cautiva la atención del espectador. La narración a dos cámaras de los hechos con ediciones mínimas genera y comparte la sensación de intimidad desde el interior de un cuarto de hotel con vista al centro histórico y a lugares representativos de la vida urbana local. El sugestivo sonido grabado con micrófonos ocultos, impacta los sentidos y la percepción con primeros planos sonoros en una interpretación musical donde el micrófono visualmente no esta presente.
domingo, noviembre 16, 2008
bayt
corrección del árabe de Asmahan Medinet
¿Cómo preparar una alternativa en México?
Guillermo Almeyra publica hoy en la Jornada este artículo que me parece de lo más pertinente, directo y contundente..... alguien dice vamos?
Las repercusiones de la crisis mundial se hacen ya sentir fuertemente con las suspensiones en la Nissan y en la Ford, la caída del precio del petróleo, la reducción de las remesas y del turismo. Cuando la crisis aún no ha empezado su peor fase, el Estado, que basa sus impuestos en Pemex, deberá reducir sus pagos a proveedores (que a su vez despedirán personal), disminuir las obras públicas y los fondos para educación y sanidad, aumentar aún más los destinados a policía y fuerzas armadas. Lo hará, para colmo, con un gobierno nacido del fraude y que perderá aún más apoyo con su impotencia y con sus políticas sociales antipopulares. Quedan cuatro años de un gobierno ilegítimo golpeado por avionazos y por su desprestigio, y es muy improbable que pueda seguir como hasta ahora e incluso que los termine. Su mayor éxito –cooptar a la dirección del PRD y hacer que ese partido votase todas sus leyes peores, incluida la ley Televisa– se va por el caño ante la muy seria posibilidad de que los ex votantes del PRD sigan a López Obrador en la construcción de un aparato político con otras siglas, y lo que quede del PRD vaya directamente, o como grupo palero, hacia el PRI (salvo unos pocos que saltarán directamente al carro del PAN).
El gobierno no prevé los grandes acontecimientos mundiales (le apostó a McCain y lo recibió); no prevé el curso de la economía estadunidense, a pesar de que México depende de ésta; no gobierna e, incapaz de vencer al narcotráfico, parece haber pactado con éste al nombrar en Gobernación a un gran defensor de delincuentes. Con unas fuerzas armadas inquietas porque son obligadas a hacer de policía y que ven la infiltración de la delincuencia en los mandos represivos y con un país que rechaza al gobierno como un cuerpo ajeno, ¿cuál “normalidad” o legalidad podemos esperar? Ahí está, entre otras ofensas intolerables al pueblo mexicano que algún día el régimen deberá pagar, la prueba aberrante de la condena brutal a los de Atenco, queriendo amedrentar y hacer un escarmiento de clase, mientras a los policías violadores, torturadores, asesinos que los reprimieron nada se les hace.
Frente a un gobierno autista, que se contenta con durar un día más, y a una supuesta oposición perredista que no puede arrastrarse más por el lodo porque debería hundirse en la tierra, ¿qué queda? ¿Esperar el agravamiento brutal de la crisis económica, con despidos masivos y sin la válvula de escape de la emigración? ¿Creer en Santa Clos y aguardar unas elecciones improbables y, si se hacen, fraudulentas, para barrer al PRIAN-chuchos de las Cámaras? ¿Seguir con el sistema lópezobradorista de sístole-diástole, de convocatoria y desconvocatoria, para mostrar los músculos organizativos al poder pero con la firme intención de no mover nada, esperando que el gobierno caiga como una pera madura?
Ahí están, sin embargo, los maestros en lucha en diferentes estados y en plantón en el DF; ahí está la permanente resistencia oaxaqueña, a pesar de la represión contra la APPO; ahí están los indígenas zapatistas, encerrados y mudos en sus juntas de buen gobierno, esperando el inevitable mazazo que el gobierno les reserva; ahí están los sectores estudiantiles en lucha que tratan de reanimarse y de reflexionar; ahí está la insistente y heroica resistencia de las adelitas y los adelitos que vuelcan en el aparato organizativo obradorista su capacidad de lucha y su voluntad de defender la democracia y las viejas conquistas. La alternativa puede y debe salir de ahí: de la movilización unificada y la autorganización democrática y plural, en un frente único, de todos estos sectores.
AMLO propone un programa mínimo de renovación nacional. Aparte de que el mismo no incluye nada para los emigrantes mexicanos ni contempla nada sobre Estados Unidos; no toca a los banqueros en cuyas manos deja esa estafa que son las Afore; no dice nada sobre la formación de una corriente democrática, anticharra y antiladrones de alto bordo, en Pemex; no habla de la libertad de los presos políticos ni plantea contra la desocupación el rechazo de las suspensiones y contra la carestía un aumento generalizado de salarios; la idea misma de un proyecto alternativo es correcta y es defendida también por el Diálogo Nacional, o sea por las corrientes sindicales y políticas a las que AMLO no se refiere. Por consiguiente, además de reformular un texto común alternativo poniéndole como eje la libertad de todos los presos políticos, la defensa de las libertades y de las conquistas y la autorganización de obreros, funcionarios, estudiantes, campesinos, indígenas para conseguir implantarlo, es indispensable sumar fuerzas políticas y sociales para esa alternativa. ¿No es posible acaso golpear juntos aunque marchando separados, es decir, combatir unidos para organizar un frente único por un proyecto alternativo, llamando a actuar en común al Frente Nacional contra la Represión, a las organizaciones del diálogo nacional, a la otra campaña y el EZLN, a la CND lópezobradorista, a los sindicatos y organizaciones indígenas y combativas en lucha? Que cada uno asuma su responsabilidad si prefiere rechazar un llamado unitario de este tipo y diga entonces claramente que espera que el capital solucione por sí mismo sus problemas a costa de todos o que el gobierno acabe de hundir el país. Por lo menos identificaríamos mejor a los hipócritas.
sábado, noviembre 15, 2008
un blog para la SELAI
para reunir infrmación, participantes, comentarios
para difundir y compartir
SELAIS del mundo, uníos!
viernes, noviembre 14, 2008
llega la V SELAI....y esta es la convocatoria
había dicho que por ahora bastaba de trabajos para la comunidad, pero no puedo dejar pasar la V SELAI, ya que es una acción que impulso desde el inicio, en el 2004, y no la voy a dejar caer. Creo que debo ser congruente con mis propios esfuerzos, así que va.
Les pido que la pasen a todas aquellas y aquellos latinoameicanos no importa dónde anden.
el tema de este año es INTEGRACIÓN/DESINTEGRACIÓN
palabras de moda, desde el pan integral y multigrano al desarrollo integral que dicen impulsan algunas instancias gubernamentales de todos nuestros países.
la integración del Mercosur, la del ALCA, la de Norteamérica....
Qué tanto se desintegra al integrar algo? Digamos el mercado!
intregramos la crisis? somos parte integral de ella, ni dudarlo
pensemos en integrarnos a un grupo, a la SELAI por ejemplo.
En desintegrar elementos cotidianos que ya no nos funcionan.
una se integra alrededor de ideas, de intereses, una trata de integrarse a sí misma!
Como siempre, la fecha es entre el 8 y el 14 de diciembre. Queremos enlazar las acciones y su documentación.
Queremos que se haga una "inscripción " para saber quién qué y dónde y poder INTEGRAR un grupo que pueda estar enlazado, esa red que estamos construyendo desde abajo y neciamente.
hagámos de esta SELAI # 5 una experiencia...integradora
besos!!!
jueves, noviembre 13, 2008
Muere Paco Ignacio Taibo 1
Taibo inició su carrera periodística como cronista de la vuelta ciclista a Francia y posteriormente fue redactor en jefe y director de facto del diario asturiano El Comercio.
Desde 1981, Taibo I fue fundador y director de la sección cultural de EL UNIVERSAL, donde se popularizó su Gato Culto. Dejó su cargo en 1999 y su caricatura dejó de publicarse el año pasado.
El "monero" recibió el 15 de mayo, en el Palacio de Bellas Artes, el Premio Nacional de Periodismo por su trayectoria, que inició en su natal España, y que continuó en México a lo largo de 50 años.
Paco Ignacio Taibo I fue autor de más de 50 libros entre novelas, biografías y obras de teatro.
Exiliado de España en 1950 con su familia por su militancia socialista, el periodista y escritor nacido en Gijón, España, en 1924, será velado en su casa de la colonia Condesa, en el centro de la Ciudad de México.
foto de Taibo I y Taibo II, Marina Taibo
yesmen kick ass! especialmente nasty rightass!!!
Los Yesmen se dedican a corregir la identidad de quienes nos aplastan (Dow Chemicals, McDOnales, OMC) y ahora le tocó al New York Times y a quienes han ganado el gobierno del país que pretende ser el líder mundial.
Traduzco:
Cientos de escritores idenpendientes, artistas y activistas, se acreditan la elaboración de este proyecto que duró 6 meses en realizarse, y en el que fueron impresas y distribuidas por miles de voluntarios 1,2 millones de copias del New York Times en varias ciudades de U.S. Los periódicos, fechados el 4 de julio del 2009, estaban encabezados con el esperado titular TERMINA LA GUERRA DE IRAK. La edición, que parece totalmente real, incluye notas que describen lo que el futuro podría traer: seguridad social nacional, la abolición del cabildeo corporativo, una mayor recaudación a empresarios, etc. La edición también tiene un sitio web: www.nytimes-se.com/.
"Será verdad? Ojalá fuera verdad!! " dijo un lector. "Puede ser verdad si lo exigimos ."
"Queríamos experimentar que se sentiría leer los encabezados que de verdad queremos leer. Esto es sobre lo posible, si pensamos en grande y actuamos colectivamente," dijo Steve Lambert, uno de los organizadores y editores. " Esta elección fue un referendum masivo por el cambio. Hay muchísima esperanza en el aire pero también mucha falta de certeza. Depende de todos nosotros hacer que estos encabezados se conviertan en realidad. " dijo Beka Economopoulos,otro de los organizadores. "Esto no se acaba aquí, le dimos a Obama el mandato, y necesitará mandato tras mandato tras mandato para que haga todo por lo que lo eligimos. Necesitará mucho apoyo, si, y mucha presión de nuestra parte," ( Andy Bichlbaum).
Algunos de los involucrados en el proyecto son The Yes Men, la Anti-Advertising Agency, CODEPINK, United for Peace and Justice, Not An Alternative, May First/PeopleLink, Improv Everywhere, Evil Twin, and Cultures of Resistance.
New York Times Special Edition Video News Release - Nov. 12, 2008 from H Schweppes on Vimeo.
Mandar obedeciendo, carajo!
martes, noviembre 11, 2008
Los riesgos de guardar alimentos en envases de plástico, los disruptores hormonales
En un número reciente de la revista Scientific American se reporta sobre una controversia alrededor del efecto de un compuesto químico conocido como bisfenol-A. Este compuesto es parte de un creciente grupo de substancias sintéticas que se han incorporado a nuestra vida diaria como parte de diversos productos de consumo generalizado.
En el caso particular del bisfenol-A, éste se encuentra en los tubos de PVC, en cubiertas plásticas que recubren las latas de alimento y en algunos de los contenedores de plástico que usamos para almacenar nuestros alimentos o para consumirlos, como por ejemplo en los biberones y garrafones de policarbonato que son resistentes al impacto.
Este compuesto fue sintetizado por primera vez en 1891 y se comenzó a usar como un estrógeno sintético en la década de 1930. Los estrógenos son hormonas fundamentales que regulan muchas de las funciones reproductivas de los animales, incluyéndonos, claro está, a los humanos. Tiempo después, los químicos descubrieron que combinando el bisfenol-A con fosgeno, un gas que se usó en la Primera Guerra Mundial como arma química por sus efectos neurotóxicos, y otros compuestos, se formaba el policarbonato.
El bisfenol-A que queda atrapado en el plástico de los contenedores de alimentos se libera en dosis muy pequeñas cuando éstos se calientan. En las últimas décadas se ha relacionado al bisfenol-A con una serie de padecimientos en animales de laboratorio, del año 2000 a la fecha se han publicado casi 30 artículos científicos al respecto. Los efectos incluyen: cáncer mamario y de próstata, malformaciones genitales en machos, y obesidad. La controversia radica en que los defensores del uso del bisfenol-A argumentan que los estudios se han llevado a cabo en animales, lo cual es cierto, pero éticamente inevitable, y dos que no se ha demostrado que este compuesto químico sea tóxico.
Este último argumento confunde dos conceptos relacionados, pero diferentes, la toxicidad de un compuesto químico con sus efectos como disruptor hormonal. Un compuesto es tóxico cuando se comporta como un veneno, una sustancia que mientras más se consuma sus efectos son más dañinos.
El caso de los disruptores hormonales es diferente, en este caso, debido a que estas substancias alteran o interfieren con los mecanismos de nuestro cuerpo regulados por las hormonas, son activas en cantidades muy pequeñas y de hecho, es posible que si se consumen dosis grandes el efecto dañino cese porque el cuerpo se insensibiliza y deja de responder a la sustancia.
Los disruptores hormonales son peligrosos precisamente por esta característica de actuar en concentraciones muy bajas, porque pueden entrar a nuestro organismo de manera casi imperceptible y afectar nuestra salud años después, o la salud de nuestros hijos. Esto sucede debido a que estos compuestos se acumulan en el cuerpo y pasan de la madre al feto durante la gestación, y más tarde durante la lactancia. Las madres concentran el disruptor hormonal y lo transfieren a sus hijos causando malformaciones congénitas o diferentes tipos de cáncer al acumularse en sus cuerpos desde la infancia, ya sea cuando el bebé se alimenta de leche materna o como en el caso del bisfenol A, cuando calentamos leche en el biberón.
La diversidad de químicos sintéticos que actúan como disruptores hormonales es larga, y podemos encontrarlos en todo tipo de productos que consumimos o utilizamos todos los días. Entre ellos están: los parabenos, que es una familia grande de compuestos químicos que incluye algunos de uso muy frecuente que no se han reportado como disruptores hormonales, como es el caso del benzoato de sodio, un conservador de alimentos muy utilizado en mermeladas y otras conservas; el profenofos, un insecticida organofosforado muy utilizado en el cultivo del algodón, que es común contaminando acuíferos en zonas dedicadas a este cultivo; compuestos derivados de la dioxina, un contaminante producido en algunas industrias como la de la celulosa, en particular la TCDD (2,3,7,8-triclorodibenzo-p-dioxina), las dioxinas causan malformaciones congénitas y cáncer.
Otros disruptores hormonales son compuestos químicos presentes en productos de uso común como los trímeros de estireno, que se encuentran en contenedores para alimentos derivados del poliestireno o los ésteres de ftalato, que se encuentran en cosméticos y contenedores de plástico flexibles para alimentos, como algunas botellas de refrescos, y el ya mencionado bisfenol-A. ¿Son estos compuestos un peligro para nuestra salud? La respuesta es sí, y en el caso del bisfenol-A se encontró en 2004 que este compuesto está en la orina de 95 por ciento de todos los habitantes de Estados Unidos, lo que es una razón de peso para preocuparnos
lunes, noviembre 10, 2008
domingo, noviembre 09, 2008
dos viajecitos
Como siempre, fue lindo andar los caminos de Michoacán, especialmente en estos tiempos, como sabemos, de cosecha y de flores, en las que aún hay verde pero combina con dorados de trigo y mazorca seca.
fue un día largo que empezó tarde, aunque había ya subido las fotos de eyeseverywhere, cuyo tema de noviembre es...adivinen...crisis.
hacía rato que no nos veíamos y contaba su semana en un Caracol, su extraordinaria experiencia de internarse en el círculo medio de la organización zapatista. El escuchar a los chavos ahora promotores de educación, salud, etc, que tenían 4-5-6 años en el 94.
La nueva generación,
hombres y mujeres nuevas.
una nueva forma de vivir y concebir el mundo
de caminar
y ser transformado al caminar
de construir caminos
el camino que cada quién descubre
que tiene corazón
bien decía Don Juan...
y en este camino que nosotras recorrimos ayer, cruzando pueblos purépechas, que recién vuelven del inframundo y sus flores están frescas, sus velas apenas terminan y se siente esa nueva vida que reinicia....aún conservan (y superan) los instantes de oscuridad que se abre a la luz para iniciar esa travesía hacia la oscuridad
me explico
si la noche de muertos significa tocar la oscuridad y abrirla, como puerta que se abre al misterio, al salir de vuelta a este lado de la vida, con esa carga energética adquirida, nos encontramos en el punto de la rueda en que de nuevo vamos, de este lado, hacia la oscuridad que significa la retracción del invierno.
que no hay que olvidar que -queramos o no- seguimos aún, mientras nos quede algo de humano y no seamos totalmente cyborgs, los ciclos naturales de la rueda de la vida
un viajecito de ida y uno de vuelta
el cancerbero me miró y dejó pasar
atado como estaba
en silencio
y moviendo la colita
mientras el frio se deslizaba callado
y la tarde dejaba caer la noche
de sopetón
cuestión de horarios
pero irremediablemente
un pozole en Cherán y adelante hacia los caminos nocturnos de Michoacán.
pero antes, en ese mi primer viaje hace ya 2 semanas, fui al DF para estar con la familia y hacer el homenaje/roto/ofrenda a mi papá, a mis abuelos Rafaeles (aunque no hay foto del asturiano), y para Miguel, el papá de Xime.
También fui con Amadís, que regresa a su vida by-himself
quiero decir que fue el primer altar que levantamos entre las 4
y obvio, a los que ahora están del otro lado
una ofrenda especialmenete diseñada para mi pap{a, que aunque decía ser díscolo, compartió camote, chicharrón, queso y etcéteras c0n mi tatita, con mi agüe, con Miguel
una, uno nunca sabe
si te detienes o continúas,
si das o no vuelta a la izquierda.
si las constantes decisiones/senderos
si roble
si cuauitl
si tú
si tú
viernes, noviembre 07, 2008
Instrucción sobre el acceso a la nacionalidad española de nietas y nietos
SOBRE EL DERECHO DE OPCIÓN A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA ESTABLECIDO EN
LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA DE LA LEY 52/2007.
La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían
derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron
persecución o violencia durante la guerra Civil y la Dictadura
(B.O.E. de 27 de diciembre) establece, en su Disposición Adicional
séptima, la posibilidad de adquirir por opción la nacionalidad
española de origen para las personas cuyo padre o madre hubiera sido
originariamente español y para los nietos de quienes perdieron o
tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia
del exilio.
La inminente entrada en vigor de la Disposición Adicional. citada, ha
llevado a este Centro Directivo, en uso de las facultades que tiene
atribuidas, a dictar mediante la presente Instrucción las siguientes
directrices sobre el ejercicio y alcance de este derecho, así como
las normas de procedimiento precisas para agilizar la tramitación de
solicitudes en los Registros Civiles.
Las posibles dudas que se planteen a los Encargados de los Registros
Civiles españoles en cuanto al alcance e interpretació n del ámbito de
aplicación de la mencionada Disposición Adicional séptima de la Ley
52/2007, sobre los supuestos incluidos o excluidos de la misma, o
sobre los requisitos que deben reunir los optantes, se resolverán con
arreglo al cuerpo de doctrina que se contiene en la presente
Instrucción.
Primera.- Conforme a la Disposición Adicional séptima de la Ley
52/2007, podrán optar a la nacionalidad española de origen las
personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español, así
como aquellas cuyo abuelo o abuela español hubiera perdido o tenido
que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del
exilio. En ambos casos será necesario que formalicen la declaración
de opción en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la
citada Disposición Adicional, sin perjuicio de la posibilidad de
prórroga de dicho plazo, por un año más, mediante Acuerdo del Consejo
de Ministros.
Segunda.- La solicitud-declaració n de opción se presentará por los
interesados ajustada a los modelos oficiales previstos en los anexos
1 y 2 de esta Instrucción, junto con la documentación de que
dispongan, acreditativa de los requisitos legales exigidos en cada
caso. Si el interesado no dispone de alguna de las certificaciones
registrales necesarias, podrá solicitarla en el mismo modelo oficial
de solicitud de opción, la cual será tramitada por vía de auxilio
registral por las Oficinas y en la forma prevista en el anexo 5 de
esta Instrucción.
Tercera.- La solicitud-declaració n se presentará ante el Encargado
del Registro Civil español, Consular o Municipal, correspondiente al
lugar del domicilio del interesado. De la declaración se levantará
acta por duplicado, uno de cuyos ejemplares se remitirá al Registro
Civil español, Consular o Municipal, correspondiente al lugar de su
nacimiento. Una vez recibido uno de los ejemplares del acta en este
último Registro Civil, se procederá a la práctica de la inscripción
principal de nacimiento del interesado y de la inscripción marginal
de su nacionalidad española de origen, conforme a las normas
generales que rigen tales inscripciones.
Cuarta.- Los modelos de actas y diligencias quedan aprobados en los
términos que figurar en los anexos 1, 2 y 4 de esta Instrucción. Los
asientos de inscripción principal de nacimiento y marginal de
nacionalidad se extenderán con sujeción a los modelos oficiales.
Quinta.- Excepto en su plazo especial, estas opciones quedan
sometidas a las condiciones exigidas por los artículos 20 y 23 del
Código Civil. En todo lo relativo al régimen de autorización previa
para optar en representació n de un menor de edad o incapacitado,
plazo de caducidad de la opción, opción por una vecindad civil común
o foral, promesa o juramente de fidelidad al Rey y de obediencia a la
Constitución y a las leyes, y renuncia, en su caso, a la nacionalidad
anterior, los Encargados del Registro Civil que formalicen el acta de
opción habrán de tener en cuenta los criterios y las consideraciones
jurídicas que se contienen en esta Instrucción.
Sexta.- Los hijos menores de edad no emancipados de las personas que
opten a la nacionalidad española de origen en virtud de cualquiera de
los dos apartados de la Disposición Adicional séptima de la Ley
52/2007, podrán optar, a su vez, por la nacionalidad española no de
origen, conforme al artículo 20.1.a) del Código Civil. Por el
contrario, los hijos mayores de edad de aquellas personas no pueden
ejercer esta opción, por no haber estado sujetos a la patria potestad
de un español, ni tampoco pueden ejercer la opción del apartado 1 de
la citada Disposición Adicional.
Séptima.- Las personas que, siendo hijos de español o española de
origen y nacidos en España, hubiesen optado a la nacionalidad
española no de origen en virtud del artículo 20.1.b) del Código
Civil, en su redacción dada por la Ley 26/2002, de 8 de octubre,
podrán acogerse igualmente a la Disposición Adicional séptima de la
Ley 52/2007 a fin de obtener la nacionalidad española de origen,
formalizando una nueva declaración de opción durante el plazo de
vigencia de la citada Disposición Adicional. Estos interesados
estarán exentos de aportar la documentación ya presentada que sirvió
de base para obtener la nacionalidad española no originaria.
La solicitud de la nacionalidad española de origen que deberán
formular estos interesados se ajustará al modelo incorporado como
anexo 3.
La aplicación de las anteriores directrices se sujetará a los
siguientes criterios:
I. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE OPCIÓN A LA
NACIONALIDAD ESPAÑOLA.
La opción es un modo de adquirir la nacionalidad española que
requiere la voluntad expresa de la persona interesada, formulada ante
el órgano o empleado público designado en la Ley, en este caso los
Encargados de los Registros Civiles Municipales y Consulares. Si el
artículo 20 del Código Civil configura el derecho a optar a la
nacionalidad española como un modo de adquisición derivativo, en la
regulación contenida en la precitada Disposición Adicional séptima,
el legislador dispensa un tratamiento jurídico más beneficioso, al
atribuir la cualidad de español de origen a quienes se encuentren en
alguno de los dos supuestos regulados y cumplan las demás
formalidades exigidas en el Código Civil.
Por tanto, dicha opción presenta notables diferencias respecto a la
opción regulada en el artículo 20.1.b) del Código Civil que pueden
sintetizarse de la manera siguiente:
a) El derecho de opción regulado en el artículo 20.1.b) del Código
Civil da lugar a la adquisición de la nacionalidad derivativa, es
decir, no confiere la cualidad de español de origen, como sí ocurre
en los dos supuestos regulados en la Disposición Adicional séptima de
la Ley 52/2007.
b) El artículo 20.1.b) limita la posibilidad de optar a la
nacionalidad española, al excluir a descendientes de españoles de
origen que no puedan probar el nacimiento en España de sus
progenitores, lo que no sucede en la presente regulación.
c) Los dos supuestos regulados en la precitada Ley contienen un plazo
de caducidad de dos años contados desde la entrada en vigor de la
Disposición Adicional séptima, la cual tendrá lugar a partir de un
año desde la publicación de la Ley de referencia en el Boletín
Oficial del Estado, es decir, a partir del 27 de diciembre de 2008.
Dicho plazo podrá ser prorrogado por Acuerdo del Consejo de Ministros.
Son notas comunes a la opción regulada en el artículo 20.1.b) del
Código Civil y a la regulada en la Disposición Adicional séptima de
la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, las siguientes:
a) En ninguna de las dos modalidades se exige un límite de edad para
su ejercicio.
b) El ejercicio de la opción regulada en el artículo 20.1.b) y la
regulada en los supuestos relacionados en la Disposición Adicional
séptima analizada, lo interesados mayores de edad deben cumplir las
condiciones exigidas por los artículos 20 y 23 del Código Civil.
II. PERSONAS QUE PUEDEN EJERCITAR EL DERECHOD E OPCIÓN A LA
NACIONALIDAD ESPAÑOLA RECONOCIDO POR LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA
DE LA LEY 52/2007.
1º. Apartado 1 de Disposición Adicional séptima de la Ley 52/2007.
Establece el apartado citado que "las personas cuyo padre o madre
hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad
española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos
años desde la entrada en vigor de la presente Disposición Adicional.
Dicho plazo podrá ser prorrogado por Acuerdo de Consejo de Ministros
hasta el límite de un año".
De tal modo, el apartado citado acoge sujetos hasta ahora excluidos
y, en particular, beneficia a los nietos de los emigrantes cuyos
hijos (del emigrante) ya nacieron en el extranjero, siempre que el
hijo (del emigrante) naciera antes de la pérdida de la nacionalidad
española del emigrante.
Es más amplio que el artículo 20.1.b) del Código Civil, dado que no
requiere el nacimiento en España del progenitor y, además, la
nacionalidad española que se obtiene por esta vía está cualificada
como nacionalidad de origen. Sin embargo, su vigencia es temporal al
quedar restringido su ejercicio al plazo –prorrogable- de dos años.
2º. Apartado 2 de la Disposición Adicional séptima de la Ley 52/2007.
Establece el apartado citado que "Este derecho (de opción) también se
reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar
a la nacionalidad española como consecuencia del exilio".
Este apartado acoge a los nietos que quedan fuera del apartado 1
antes examinado por haber nacido su padre o madre (hijo/a del
exiliado) después de que el abuelo o abuela exiliado perdiera la
nacionalidad española, ya que este hijo/a del exiliado no cumple la
condición –exigida por el apartado 1- de ser originariamente español.
Tampoco exige que el abuelo o abuela que perdió la nacionalidad
española lo hubiese sido de origen.
III. SUPUESTOS ESPECIAL: OPCIÓN A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA DE ORIGEN
POR ESPAÑOLES NO DE ORIGEN.
Se debe entender que en los hijos de padre o madre español de origen
y nacido en España que hubieran hecho uso de la opción que reconoce
el artículo 20.1.b) del Código Civil –y adquirido así la condición de
españoles o de origen-, concurre título suficiente para acogerse al
apartado 1 de la Disposición Adicional séptima y obtener de este modo
la cualidad de español de origen.
Por tanto, en tales casos, se seguirá un procedimiento simplificado
en los términos previstos en la directriz séptima de la presente
Instrucción.
IV. REGLAS DE COMPETENCIA PARA EL EJERCICIO DE LA OPCIÓN.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE.
La opción da lugar a una doble actuación por parte del Encargado del
Registro Civil: la documentación en acta de la correspondiente
declaración de voluntad y su calificación e inscripción posterior, en
caso de concurrir los presupuestos legales a que se condiciona el
derecho de opción.
Del artículo 64 de la Ley del Registro Civil y de los artículos 226 a
229 del Reglamento que la desarrolla, resulta lo siguiente:
a) La declaración de opción a la nacionalidad española y la renuncia,
en su caso, y el juramento o promesa exigidos, serán formulados ante
el Encargado del Registro Civil del domicilio, y serán admitidos por
éste aunque no se presente documento alguno que acredite los
presupuestos legales de la opción, siempre que resulte de la
declaración de voluntad del interesado la concurrencia de los
requisitos exigidos. Ahora bien, sólo podrá practicarse la
inscripción si se justifican previamente los requisitos para la
opción.
b) Es Registro competente para practicar la inscripción de la opción
el que corresponda al lugar del nacimiento del optante (arts. 16 y 46
LRC). Cuando esté en otro término municipal o demarcación consular el
Registro competente para practicar la inscripción, el Encargado ante
el que se formule debidamente declaración de opción levantará acta
por duplicado con las circunstancias de la opción y las de identidad
del sujeto. Uno de los ejemplares, con los documentos acreditativos
de los supuestos legales, se remitirá al Registro competente para, en
su virtud, practicar la inscripción.
V. REGLAS DE PROCEDIMIENTO.
1. Solicitud de ejercicio del derecho de opción.
a) La solicitud se realizará mediante los modelos normalizados que se
adjuntan como anexos 1, 2 y 3 a esta Instrucción.
b) Los Encargados del Registro Civil que reciban dichas solicitudes
darán valor de acta al modelo oficial de solicitud-declaració n
mediante la incorporación de una diligencia de autenticación,
conforme al modelo que figura en el anexo 4, sin necesidad de que el
interesado se encuentre presente.
Esta diligencia podrá realizarse en el período de dos años de
vigencia de la Disposición Adicional séptima de la Ley 52/2007 –
prorrogable por un año más en virtud de Acuerdo de Consejo de
Ministros-, o, incluso, en un momento posterior al vencimiento del
citado plazo y de su eventual prórroga, siempre que la solicitud-
declaración en modelo normalizado se hubiere presentado dentro de
dicho plazo o prórroga.
2. Documentación que deben aportar los interesados acompañando a la
solicitud.
2.1. Documentación común para los dos apartados de la Disposición
Adicional séptima:
Certificación literal de nacimiento del solicitante expedida por el
Registro Civil local en que conste inscrita. Tratándose de un
Registro extranjero, a salvo lo dispuesto en los Tratados
Internacionales, la certificación deberá estar legalizada o
apostillada, en los términos previstos en los artículos 88 y 89 RRC.
2.2. Documentación adicional para supuestos del apartado 1 de la
Disposición Adicional séptima:
Certificación literal de nacimiento del padre o madre originariamente
español del solicitante. Esta certificación deberá proceder de un
Registro Civil español, ya sea Consular o Municipal.
2.3. Documentación adicional para los supuestos del apartado 2 de la
Disposición Adicional séptima:
a) Certificación literal de nacimiento del padre o madre –el que
corresponda a la línea del abuelo o abuela españoles- del
solicitante, que deberá estar legalizada o apostillada cuando proceda
de un Registro Civil local extranjero y no exista Tratado
Internacional que exima de la apostilla.
b) Certificación literal de nacimiento del abuelo o abuela español/a
del solicitante.
c) La documentación a que se refiere el siguiente apartado sobre la
condición de exiliado del abuelo o abuela.
Las certificaciones registrales españolas a que se refiere este
apartado podrán solicitarse a partir de la fecha de entrada en vigor
de la Disposición Adicional séptima, mediante el propio modelo
normalizado de declaración-solicitu d de opción dirigido al Encargado
del Registro Civil correspondiente al domicilio del solicitante, o
por vía telemática a través de la web del Ministerio de Justicia
www.mjusticia. es, haciendo constar expresamente que la certificación
se solicita a los efectos del ejercicio del derecho de opción
previsto en la Ley 52/2007. Tales solicitudes se tramitarán conforme
a lo previsto en el anexo 5 de la presente Instrucción.
En los casos en que no exista inscripción de nacimiento de los padres
o abuelos, el interesado deberá promover el expediente de inscripción
de nacimiento fuera de plazo previsto en los artículos 311 y ss del
Reglamento del Registro Civil.
Si al presentarse la declaración de opción no se acreditan los
requisitos exigidos, el optante estará obligado a completar la prueba
en el plazo de treinta días naturales desde que se le requiera. El
Encargado se limitará, por el momento, a levantar acta de la
declaración. Una vez acreditados los requisitos legales se practicará
la inscripción.
3. Prueba de la condición de exiliado.
Los interesados podrán acreditar la condición de exiliado de su
abuelo o abuela mediante la aportación de alguno de los siguientes
documentos:
a) Documentación que acredite haber sido beneficiario de las
pensiones otorgadas por la Administració n española a los exiliados
que prueba directamente y por sí sola el exilio.
b) Documentación de la Oficina Internacional de Refugiados de
Naciones Unidas y de las Oficinas de Refugiados de los Estados de
acogida que asistieron a los refugiados españoles y a sus familias.
c) Certificaciones o informes expedidos por partidos políticos,
sindicatos o cualesquiera otras entidades o instituciones, públicas o
privadas, debidamente reconocidas por las autoridades españolas o del
Estado de acogida de los exiliados, que estén relacionadas con el
exilio, bien por haber padecido exilio sus integrantes, o por haber
destacado en la defensa y protección de los exiliados españoles, o
por trabajar actualmente en la reparación moral y la recuperación de
la memoria personal y familiar de las víctimas de la Guerra Civil y
la Dictadura.
Los documentos anteriores a), b) y c) constituirán prueba del exilio
si se presentan en unión de cualquiera de los siguientes documentos:
1. Pasaporte con sello de entrada en el país de acogida.
2. Certificación del Registro de Matrícula del Consulado español.
3. Certificaciones del Registro Civil Consular que acrediten la
residencia en el país de acogida, como inscripción de matrimonio,
inscripciones de nacimiento de hijos, inscripciones de defunción, etc.
4. Certificación del Registro Civil local del país de acogida que
acredite haber adquirido la nacionalidad de dicho país.
5. Documentación de la época del país de acogida en la que conste el
año de la llegada a dicho país o la llegada al misma por cualquier
medio de transporte.
d) A los efectos del ejercicio de los derechos de opción reconocidos
en la Disposición Adicional séptima de la Ley 52/2007, se presumirá
la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron
de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
La salida del territorio español podrá acreditarse mediante
cualquiera de los documentos enumerados en el párrafo anterior.
Madrid,
LA DIRECTORA GENERAL
tupatarillo
De muy pocos habitantes, disminuídos en gran parte por la migración, Tupatarillo abarca dos calles, una de éstas la carretera a Tupátaro, la otra, paralela, bajando hacia un vallecito dedicado a las vacas. Hay pocos hombres, hay pocos niños y niñas, las mujeres se dedicaban a tejer carpetas, que ahora tienen muy poco mercado. Existe un tallercito de costura que le maquila a Moroleón, hay varios que se dedican a hacer nieve (buena!) y...qué más?
algo que me llama mucho la atención y que trataré de averiguar su causa, es que la mayoría de las mujeres: niñas, jóvenes y mayores, son blancas, rubias, guapas. Regimiento francés? italiano? irlandés? la verdad no lo sé, vean las fotos de estas niñas, hasta abajo del post.
Y a qué voy a Tupatarillo, dirán! y porqué con Cati, la Catalina novia de Amadís. Pues porque ella lleva meses visitando la comunidad para hacer una investigación sobre el efecto de la migración en los niños y niñas, con miras a hacer su tesis. Por eso, ella conoce a casi todo el pueblo y quedaba perfecto para hacer lo propio para Nómada. Esta es Cati
terminado el grueso del trabajo identitario, debo enfocarme en Nómada. Con o sin beca, con o sin Boston, tenemos ya una fecha y 4 semanas en el Centro Cultural Covent de San Agustí en Barcelona, en NAH VISION en Stuttgart y una sesión en Sandnes, en Noruega. Aparte, la expo en el MACAZ en late julio. Así que o trabajo o trabajo.
pero este post es por la visita a este pueblo, a los instantes que puedo por lo pronto compartir, como el saludo de Kokito a Cati, por un tubo de pvc de 6 pulgadas, o el pájaro rojo parado en las varillas...
tuvimos, después de entrevistar a 5 mujeres, entre ellas a Claudia, la niña de la derecha, que esperar un transporte seguro, que fue al final un taxi de un chico que regresa con su familia después de vivir en el DF por años....todo para que sus hij@s tengan una mejor vida
de eva brunner-szabo en el mes de la foto
Really true
Eva Brunner-Szabo, Ilse Chlan, Brigitte Konyen, Willy Puchner, Angela Schwank, Johannes Stoll
during Month of Photography
Galerie Geyling, Stiegergasse 15-17/1, 1150 Vienna
Eva Brunner-Szabo, H.H. Capor, Heinz Grosskopf
during Month of Photografy, en la masc Foundation, Grundsteingasse 40, 1160 Vienna
miércoles, noviembre 05, 2008
de libélulas
Al parecer esto va mejorando!